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¿Qué es el Fondo Agropecuario de Garantías – FAG?

Es un fondo creado por la Ley 21 de 1985, con el objetivo de respaldar los créditos aportados por entidades financieras vigiladas, que financien proyectos del sector agroindustrial, personas jurídicas, naturales o empresas comunitarias de todo el territorio colombiano, que no puedan ofrecer las garantías exigidas por dichas instituciones.

¿Cuál es el origen del Fondo Agropecuario de Garantías - FAG?

El origen del Fondo Agropecuario de Garantías – FAG, se da en el año 1985 con la Ley 21 del mismo año, siendo en esa entonces administrado por el Banco de la Republica; posteriormente, en los años 90 pasa al control de FINAGRO y la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario.

Inicialmente, se decidió que el Fondo Agropecuario de Garantías – FAG, se creaba como respaldo a créditos otorgados por las instrucciones financieras que hacían parte del Sistema Nacional de Crédito Agropecuario. Cinco años después, se amplió la cobertura a más miembros del sector que no podrían ofrecer dichas garantías.

En 1993 se expide la Ley 69 del mismo año, donde se incluye el respaldo a los créditos de mediano y largo plazo, para empresas productores del sector agropecuario; con la Ley 101 del 93, se estipula que también se puede otorgar a campesinos de zonas apartadas y de difícil acceso.

Desde el 93 hasta el 2018 no se presentaron modificaciones al Fondo Agropecuario de Garantías - FAG, pero en este último año, se modificó para que pueda respaldar créditos en condiciones de mercado. También se ha ampliado la garantía a productos financieros como operaciones forward y REPOS que se negocian a través de la Bolsa Mercantil de Colombia.

¿Quién puede acceder al Fondo Agropecuario de Garantías - FAG?

Pueden ser beneficiaros del Fondo Agropecuario de Garantías - FAG, las personas naturales o jurídicas, calificadas y definidas por FINAGRO como pequeño, mediano o gran productor y las mujeres rurales de bajos ingresos.

  • Pequeño productor: es toda persona natural con activos totales no superiores a 284salarios mínimo.
  • Mediano productor: es toda persona cuyos activos totales sean superiores a 284
    salarios mínimos e inferiores o iguales a 5 mil salarios mínimos.
  • Gran productor: es toda persona cuyos activos totales son superiores a 5 mil salariosmínimos.
  • Mujer rural de bajos ingresos: es aquella mujer persona natural, sin distinción deninguna naturaleza e independiente del lugar donde vive, que tiene una actividadproductiva relacionada directamente con lo rural, y activos totales que no superan el70% de los definidos para el pequeño productor.

Fondo Agropecuario de Garantías - FAG en operaciones de la BMC

  • Forward: Operación mediante el cual los productores agropecuarios se pueden financiar a través de un ANTICIPO, pactado en un contrato de compra y venta de la cosecha esperada.
  • Operaciones REPOS sobre CDM: Operación mediante el cual los propietarios de bienes agropecuarios, pueden obtener recursos a través de la VENTA CON PACTO DE RECOMPRA de sus productos depositados en Almacenes Generales de Depósito - AGD, representados en Certificados de Depósito de Mercancías -CDM.

¿Requisitos para acceder al Fondo Agropecuario de Garantías - FAG?

  • Identificación del crédito original: valor inicial, saldo actual, valor de los intereses corrientes a normalizar, entre otros.
  • Comunicación de aprobación por parte del intermediario financiero de la normalización del crédito.
  • En créditos asociativos enviar listado de agricultores del crédito original, y el listado de los agricultores incluidos en la normalización de cartera en medio magnético, en formato de hoja electrónica (Excel)
  • Para más información lo invitamos a contactarnos o acceder a los siguientes enlaces.

Ministerio de Agricultura

FINAGRO